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Experiencia                                Nuestra política

Despacho especializado en la recuperación de impagados en todas sus vertientes. 20 años de experiencia nos avalan con miles de asuntnos tramitados y con un porcentaje de éxito muy superior a la media.

1.- ALTLA Y RECLAMACIÓN EXTRAJUDICIAL

REMITANOS UN CORREO CON SUS DATOS, LOS DE SU DEUDOR Y COPIA DE LA DOCUMENTACIÓN QUE SOPORTA LA DEUDA.

CON ESOS DATOS Y SIN COSTE INICIAL ALGUNO INICIAREMOS LA GESTIÓN EXTRAJUDICIAL 

Con el alta del expediente nuestros letrados activan todos los mecanismos extrajudiciales (negociación, llamadas, cartas, visitas, etc.) necesarios para la recuperación de la deuda, con un plazo máximo de de tramitación de 15 días.

La amplia experiencia de nuestros letrados en la negociación extrajudicial con deudor garantiza un elevado porcentaje de éxito.

Procedimiento:

- Iniciamos la gestión dentro de las 24 horas siguientes a la recepción de todos los datos relativos a la deuda, con un plazo de máximo de tramitación de 15 días.

-Envío de requerimento de pago al deudor por buro mail, buro fax o buro sms. Reconocimientos de deuda mediante llamada grabada BUROVOZ.

-Gestión telefónica y presencial por medio de nuestra Asesoría Jurídica.

En caso exito, le cobraremos un porcentaje de la cantidad recuperada que le será informada al inicio.

2.- ACCIÓN JUDICIAL (PROCEDIMIENTO MONITORIO)

 

De no alcanzar el éxito en la reclamación de la deuda por vía extrajudicial, con su conformidad, iniciaremos la tramitación del Recobro por el Proceso Monitorio con la presentación de Solicitud de Proceso Monitorio con personación a través del Procurador, realizando seguimiento del caso en el Juzgado Competente y la negociación con el deudor.

Requisitos Previos:

-Reclamaciones sin límite de importe

-Domicilio Actual del deudor contrastado

El Servicio incluye:

-Escrito Solicitud inicial Proceso Monitorio. Presentación y seguimiento del caso en el Juzgado Competente.

-En caso de Oposición: Ante la posible oposición por parte del deudor continuaremos con el procedimiento, hasta su finalización total.

Coste 199€

ACCIÓN NOTARIAL. 

Otra posibilidad es el monitorio notarial, ya que la Ley de Jurisdicción Voluntaria, prevé la posibilidad de que el procedimiento monitorio se tramite ante Notario, de modo que el cobro de deudas se ve agilizado extraordinariamente.

 El requerimiento notarial de pago efectuado conforma a sus disposiciones el carácter de título ejecutivo a los efectos del artículo del artículo 517 LEC.

3.- DECLARATIVOS POSTERIORES:

 

De no alcanzar el éxito en la recuperación de la deuda amistosa, o a través del procedimiento monitorio, iniciaremos las acciones judiciales necesarias.

En función de la documentación soporte o justificativa de la deuda, así como de su cuantía y previa aceptación por nuestra parte del expediente se interpondrá en su nombre el tipo de procedimiento que corresponda: Verbal, Ordinario o Cambiario.

Siempre bajo presupuesto, y con la posibilidad de recuperar todos los costes por la posible condena en costas al demandado.

Seriedad y Profesionalidad: Somos una empresa seria y profesional, nuestro equipo humano está compuesto por profesionales con más de 13 años de experiencia en el sector.

Actuamos dentro de la más estricta legalidad y siguiendo un código ético. De esta manera Vd.

podrá conservar a su cliente de cara a futuras operaciones comerciales.

Cultura de Resultados: Nos basamos en la cultura de resultados y por ello facturamos por diversos porcentajes en función de la antigüedad de la deuda recuperada y la cuantía.

Transparencia: Vd. conocerá desde un principio nuestras tarifas, sin ser susceptibles de cambio durante el proceso.

Podrá consultar en todo momento el estado de la gestión de la deuda.

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